Modalides de importacion

Conforme a la firma del pacto final del GATT en 1994, y en el marco de sus compromisos en materia de ingreso en el mercado, Marruecos ha transformado todas las medidas no traificados (las licencias en particular ) en tarifas aduaneras.
En el caso de los productos agricolas de base, las frutas y las verduras citadas a continuacion, los derechos de aduana vigentes en noviembre de 1999 son camo lo siguiente.

Designacion

Drerecho de importacion(%)

D.F.I(%)

Total(%)

Trigo blando

18,5 (a)

15

33,5

Trigo duro

6 (b)

15

21

Maiz

2,5(c)

15

17,5

Cebada

15(d)

15

30

Patatas de semilla

25

15

40

Semillas y otra verduras.
-Prebase y base slro prebase y base.

2,5

10

15

15

17,5

25

Maiz duclce y fresco

2,5

15

25

Platano, pina, aguacate, pera membrillo y circuelas frescas

40,5

15

55,5

Otras frutas y verduras frescas

35

15

50

Leche fresca

100

15

115

*Leche desnatada en palvo de un tenor en peso de materias grasas no superando 1,5 %

35

15

50

*Lecheen polro especial en latas herméticamente cerradas para bebés. Contenido de un neto de casi 500 gramos .

17,5

15

32,5

*Otra leche en palro

100

15

115

(D.F.I : deduccion fiscal para la importacion )
A todos estos derechos se anade 20 % del IVA salvo en el caso del material gennetico vegetal, semillas y plantios.

(a) Un) Inferior a 2000 Dh/ Tonelada, un derecho de importancion adicional de 103,5 % se aplica entre el umbral fijado (2000 Dh/ Tonelada) y el valor declarado.
(b) Deux) Este tipo de interes esta aplacado al valor en la aduana .Cuando el volor declarado es inferior a 2700 Dh/ Tonelada, un derecho de importacion adicional de 93 % esta aplicado a la diferenica entre el umbral fijado a 2700 Dh/ T y el valor declarado.
(c) Trois) Este tipo de interes esta aplicado al valor en la aduaua. Cuando el valor declarado es inferior a 1464 Dh/ T, un derecho de importacion, adicional de 57%, esta aplicado a la diferencia entre el umbral fijado (1464 Dh/T) y el valor declarado.
(d) Este tipo de interes esta aplicado a al parte de valor inferior o ignal a 700 Dh/ T, la parte superior a 700 Dh/ T, esta sometida a un derecho de importancion de 1 %.

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